jueves, 8 de septiembre de 2011

Juan Carlos Márquez: La justicia aquí no es ciega


Estar en la cárcel por haber cometido un delito es, sin duda alguna, algo muy triste incluso si es lo legalmente justo (Caso 1). Más triste todavía es estar en la cárcel por cometer el mismo delito que muchas otras personas que, sin embargo, disfrutan impunemente de su libertad (Caso 2). Pero el colmo, ya no de la tristeza, sino de la injusticia en su máxima expresión es estar preso porque determinados actos cometidos por diferentes personas sean considerados delitos para unos y no para los otros (Caso 3).

El caso 2 arriba descrito es el típico del Chino de Recadi. Como se recordará, en ese caso en tiempos de Lusinchi, un ciudadano de origen Chino, pero nacionalizado venezolano, fue condenado -y hay que resaltar- el único condenado, por la obtención de millones de dólares para empresas importadoras fantasmas, gestionados a través del organismo cambiario existente para la época, recordado por sus siglas abreviadas como Recadi. Así desde entonces quedó acuñada la expresión “Chino de Recadi” para referirse a quien “paga todos los platos rotos” aunque solo hubiese roto algunos. Y aquí está el punto importante: en la historia del Chino de Recadi, lo reprochable no es que el Chino haya ido preso, pues el efectivamente cometió el delito que se le atribuyó. Lo reprochable es que el y sólo el hubiere pagado el delito que se estima cometieron aproximadamente unas 200.000 personas.

Pero el caso 3 es realmente diferente. Este es el caso de las 5 casas de bolsa y sociedades de corretaje cuyos directivos y accionistas (10 en total) se encuentran presos desde hace ya un año. A estas personas se les acusa de cometer ilícitos cambiarios porque las empresas que representaban realizaban operaciones que permitían obtener divisas partiendo de bolívares (o viceversa) basadas en unos títulos valores específicos denominados TICC.

Sobre el tema de los TICC no hay que ser experto en mercado de capitales para entender. Basta saber que son títulos valores. Y por esa razón las operaciones estructuradas con ellos estaban expresamente exceptuadas por la Ley Contra los Ilícitos Cambiaros de ser consideradas como delito. Es así de sencillo, y es precisamente esa la razón por la cual la inmensa mayoría de las casas de bolsa y sociedades de corretaje (no solo estas cinco) estructuraron sus operaciones con dichos títulos al igual que lo hiciera también -hay que recordar- casi la totalidad de la banca nacional. A esto agréguese que las operaciones se realizaban diariamente con el pleno conocimiento y a través de la plataforma de custodia de valores del Banco Central de Venezuela. Y a esto agréguese además que fueron varios años de operaciones realizadas día tras día, con el Estado venezolano jugando un papel fundamental para la realización de las mismas, ya fuese como emisor de los títulos, o como cliente de las operaciones (a través de las empresas del estado, cajas de ahorro, etc.). Agréguese finalmente que estamos hablando operaciones realizadas por más de una centena de casas de bolsa y sociedades de corretaje y gran parte de la banca nacional, no solo por las cinco empresas cuyos directores están detenidos.

Por todo lo descrito anteriormente es que éstos 10 detenidos no pueden ser considerados Chinos de Recadi. En aquel caso había un delito preexistente y aquel Chino, como muchas otras personas, asumió el riesgo de crear empresas fantasmas para obtener dólares preferenciales para supuestas importaciones, también fantasmas, confiándose en que nunca lo agarrarían a pesar de saber que era ilícito. Pero en el caso actual, muy por el contrario, lo que existía era una ley que precisamente señalaba que si las operaciones eran hechas a través de títulos valores (sin especificar cuáles si y cuáles no) no se estaría cometiendo delito alguno. Y por esa convicción de estar realizando operaciones legales es que lejos de salir huyendo (como en la época de Recadi) estas personas permanecieron o se dirigieron voluntariamente a sus empresas para atender personalmente a los funcionarios que estaban practicando los diferentes allanamientos.

Que quede claro, si solo cinco de las más de cien casas de bolsa y sociedades de corretaje que realizaban estas operaciones con TICC tienen detenidos en la actualidad, no es porque son Chinos de Recadi ya que ni estas cinco ni las otras noventa y tantas, ni los bancos -que no tienen un solo detenido por este tema- cometieron delito alguno. Es porque la Superintendencia Nacional de Valores y los Fiscales del Ministerio Público, con la complacencia de los Jueces hasta ahora a cargo, se inventaron este delito de los TICC, para poder justificar las detenciones y el tiempo que tome un juicio contra estos directivos manteniéndolos privados de su libertad, mientras además los procesos de intervención y liquidación de sus empresas avanzan de la mano de funcionarios que al igual que los anteriores creen erróneamente que se pueden cometer injusticias de este tamaño a capricho y al margen de la Ley terrena y de la Ley Divina.

Lapatilla.com, 08/09/2011, enlace al original

martes, 6 de septiembre de 2011

Los otros presos políticos


En mayo de 2010 empezó en Venezuela un “proceso judicial” que mantiene tras rejas a 10 directivos de casas de bolsa, condujo al cierre de 67 casas de bolsa y llevó a la casi total destrucción del mercado de capitales del país, una actividad económica que generaba más de 5.000 empleos y que atendía a más de 3,5 millones de inversionistas.

El proceso tuvo su inicio en una decisión de Jorge Giordani, ministro de Planificación y Finanzas, de cerrar el mercado permuta.

Como se recordará, la Ley de Ilícitos Cambiarios preveía la posibilidad de comprar títulos-valores denominados en dólares en Venezuela contra pago en bolívares, para su venta posterior en el mercado internacional a cambio de dólares y viceversa. Claro está, el mecanismo suponía que esos papeles se negociaran en el país y en el exterior. Siendo el diferencial de los precios en Venezuela y en el exterior lo que determinaba la tasa de cambio “implícita”, o lo que es lo mismo, la tasa permuta.

Es indudable que, por equivocada que fuera la medida, estaba dentro de las competencias del ministro Giordani cerrar el mercado “permuta”. Pero, lo que no estaba, ni está, en las competencias del Ministro es propiciar la destrucción de todo un sector de la economía bajo falsas acusaciones de “lavado de dinero”, “usurpación de identidad” y “origen sospechoso de fondos”, entre otras. Hoy, 18 meses después del inicio de la campaña contra este sector económico ya se ha evidenciado la falsedad de casi todas estas acusaciones.

Pero ahora resulta que el ministro Giordani quiere aplicar con retroactividad su interpretación particular de la Ley de Ilícitos Cambiarios, alegando que las transacciones que se hicieron en el marco de la ley fueron ilícitas y afirmando que el mercado de valores venezolano es “capitalista y altamente especulativo”. Esto a pesar de que el Consultor Jurídico del Ministerio de Finanzas dictaminó que la utilización en operaciones de divisas de los Títulos de Interés y Capital (TICC) emitidos por la República “no tendrían carácter de ilegales o ilícitas”.

De allí que se puede decir que los 10 directivos de casas de bolsa, a quienes se les juzga en prisión están siendo enjuiciados por un capricho “ideológico” de un ministro que se declara comunista. Estos venezolanos son tan “presos políticos” como lo son los comisarios y policías metropolitanos, la jueza María de Lourdes Afiuni y tantos más que de una manera u otra están siendo castigados por cumplir la ley.

http://veneconomy.com/site/

La "buena hija"


No se puede negar que una abogada de apellido Castillo nombrada interventora de “Econoinvest Casa de Bolsa” es buena hija, procedió a darle un puestazo a su progenitor (también de apellido Castillo), por el que el afortunado pasó a dispararse 6.000 bolívares (F) mensuales como jefe de una oficina inoperativa de la SUNAVA (Superintendencia Nacional de Valores) en Margarita. Pero no terminó ahí el escándalo, sino que habiendo presentado su renuncia al cargo el señor Castillo, un año después, el 27 de mayo, la liquidación se le calculó al 30 del mismo mes, por lo que el renunciante fue liquidado con un monto de 58.673 bolívares (F) que no le correspondía. Pero hay más, mucho más: en el expediente de liquidación se hace constar que Castillo “no renunció” sino que fue “despedido”, por lo que el monto de lo adeudado por la SUNAVA pasó al doble, o sea, a 130 mi bolívares (F) que  le fueron entregados al señor Castillo y su hija la abogada, Castillo, que no es, por cierto, la que le ha tocado a muchos empleados de Econoinvest Casa de Bolsa, que llevan más de un año tratando de que les cancelen sus liquidaciones como empleados que fueron de una empresa intervenida por el gobierno.

Columna Carrusel Político, La Razón

lunes, 5 de septiembre de 2011

La carta de Giordani


De manera de ratificar ante la Fiscalía el criterio de que era contrario a la Ley de Ilícitos Cambiarios, utilizar los Títulos de Interés y Capital (TICC) emitidos por la República, en operaciones con divisas, el ministro de Finanzas remitió una carta a la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz, con fecha 17 de septiembre de 2010, cuatro meses después de las intervenciones de las casa de bolsa.

En el escrito Giordani concluye que: "En tal sentido, no puede entenderse que la utilización de dichos títulos para obtener divisas en fraude a lo establecido a la Ley Contra Ilícitos Cambiarios, sea una manera lícita de comercializar dichos títulos". Más adelante señala: "Por otra parte, como antes se dijo, los TICC fueron emitidos por la República para el financiamiento de programas estratégicos del Estado, y en ningún caso para, mediante sucesivas operaciones irregulares, utilizarlos para provocar alzas artificiales en el valor de la divisa. Todo lo cual insisto es en fraude a la Ley Contra Ilícitos Cambiarios y en violación a las normas adjetivas y sustantivas que regulan la actividad financiera".

Según el análisis que hace la defensa de Econoinvest, el ministro basó el criterio remitido a la Fiscalía en un escrito emitido por el consultor jurídico del Ministerio de Finanzas, Rodolfo Porro Aletti, con fecha 15 de julio de 2010. Pero en la exposición que hace a la Fiscalía, obvia la conclusión más relevante que hace el experto. Allí el consultor jurídico concluye que: "Las operaciones en divisas y en bolívares en el mercado secundario no tendrán carácter de ilegales o ilícitas, por cuanto no se encontraban ni se ubican en la actualidad, como un supuesto de hecho que contenga una consecuencia jurídica en la Ley de Ilícitos Cambiarios, y a su vez el Instituto Emisor reguló a través de resoluciones ya citadas, el aspecto relativo a la negociación en mercado secundario y en moneda nacional los ya mencionados títulos".

Es decir que el dictamen identifica la ambivalencia de los TICC que "están denominados en moneda extranjera, pero son pagaderos en bolívares". Y concluye que las operaciones realizadas indistintamente en ambas monedas "no tendrían el carácter de ilegales o ilícitas".

Señalan los abogados que el dictamen del consultor jurídico, no llegó a las actas del juicio. En su lugar está el oficio del ministro de Finanzas, que omite las conclusiones del consultor del propio Ministerio de Finanzas.

El Universal, 04/09/2011, enlace al original

No dejaron nada


Antes de la intervención de Econoinvest, la empresa había almacenado en un galpón de Boleíta más de 4 millones de bolívares en mobiliario. Ahora, al abrir las puertas del número 1-8 de la calle Capitolio, no se encuentra nada.
Tampoco hay explicaciones a lo que tiene toda la pinta de ser un saqueo. Según el inventario realizado por Giusepina Scimeni, los muebles deberían estar en la sede de la empresa y no en aquel galpón. Aparecen en el inventario como si estuviesen en la sede de la empresa y no en el galpón, lo que denota el desorden de la junta interventora.
Reportes de prensa ya dan cuenta de que los inventarios firmados por Scimeni admiten el extravío de más de la mitad de los bienes de uso, donde se incluyen no sólo los muebles sino además computadoras, centrales telefónicas, teléfonos, televisores, etc.

Tal Cual, 02/09/2011, enlace al original

domingo, 4 de septiembre de 2011

Un gigante caído / Francisco Olivares


Luego de una masiva campaña mediática contra a las casas de bolsa en las que se expuso una larga lista de delitos, para el juicio que se avecina solo queda en pié la legalidad o no de los TICC.
Si algo en común tienen los expedientes de las casas de bolsa que fueron cerradas desde mediados de 2010, es que de la intensa campaña desde los medios oficiales, en los que se expuso a empresas y directivos al escarnio público, sin el debido proceso y el derecho a la defensa, solo queda en pie una acusación y es lo referido a la utilización de los Títulos de Interés y Capital Cubierto, ampliamente conocidos como TICC, utilizados para documentar las operaciones en dólares. Todo lo demás como: "lavado de dinero"; "usurpación de identidad"; "origen sospechoso de fondos" u "operaciones sin registro" quedó en el recuerdo de la campaña propagandística que se produjo al calor de las intervenciones.

En alguna reunión privada el ministro de Finanzas, Jorge Giordani, habría expresado que había que acabar los alacranes de las casas de bolsa porque ello iba "en contra de su ideología". Más adelante, una vez consumada la intervención y cierre de las financieras, señalaría que el mercado de valores venezolano "se caracteriza por ser capitalista y altamente especulativo". Habría que preguntarse ¿Qué es ser capitalista y si en el código penal existe algún artículo que considere delito tal condición?

Lo cierto es que con esa afirmación, Giordani le daría una sentencia firme al fin del mercado bursátil en Venezuela. Pero su pensamiento, quizás aporte una explicación del por qué, un mecanismo que documenta la compra y venta de títulos de la República denominados en dólares, como fueron los TICC, ideado por el BCV, devino en un delito que terminó no sólo con los supuestos transgresores de las leyes, sino con todo el sector financiero dedicado al mercado de valores.

El resultado de ello fue un proceso judicial que mantiene tras las rejas a 10 directivos de casas de bolsa y el cierre la las empresas bursátil más importantes del país, dándole fin a un instrumento que desahogaba el flujo del dólar en un país con un férreo control de cambio.

De esa debacle, cuya autoría se le atribuye al ministro de Finanzas, quedan algunos estragos que pueden contarse, como el cierre de 67 casas de bolsa y 60 de corretaje; una actividad económica que generaba 5 mil empleos y que atendía un millón 600 mil inversionistas y mil 200 cajas de ahorro, que llevó el número de inversionistas a 3 millones 500 mil personas.

En un país marcado por las estatizaciones y con control de cambio, las casas de bolsa tuvieron que reconvertirse y volcarse al mercado cambiario a través del llamado dólar permuta. Tal como señala el economista Asdrúbal Oliveros: "Esto fue incentivado por el propio Gobierno quien colocó entre 2003 y 2010, 45 mil millones de dólares en bonos de la República para ser negociados en el marcado secundario.

Un árbol caído 

El comienzo del fin se produjo cuando el 14 de mayo de 2010 el Ministerio Público inició una investigación a partir de una denuncia impuesta por Tomás Sánchez, presidente de la Comisión Nacional de Valores, contra varias casas de bolsa y sociedades mercantiles, que según señalaba, esas empresas estaban haciendo operaciones con divisas sin que mediaran "títulos valores que respaldaran dichas operaciones".

En esa lista no estaba Econoinvest, entonces la casa de bolsa líder en el mercado nacional. Sin embargo y a pesar de que en los últimos años habían cerrado importantes operaciones con PDVSA y en su cartera de clientes figuraban destacadas figuras del alto Gobierno, el 21 de mayo de 2010 sus directivos fueron sorprendidos por los funcionarios del CICPC y otros organismos que ingresaron a sus instalaciones en edificio Mene Grande. De allí salieron esposados cuatro de sus directivos quienes desde entonces están recluidos en los sótanos de la Dirección de Inteligencia Militar.

Para el momento de su intervención y cierre técnico de sus operaciones, Econoinvest contaba con una nómina de cerca de 1.000 empleados, de los cuales 700 eran accionistas, con 370 mil clientes y un patrimonio de 356 millones de bolívares fuertes (unos 83 millones de dólares) mas una posesión en títulos valores de 60 millones de dólares.

Siendo la más grande empresa del ramo y habiendo participado en grandes colocaciones de bonos y deuda no soberana, Econoinvest era vigilada con celo desde la Comisión Nacional de Valores (CNV). Es así que tres meses antes del allanamiento la CNV designó a un funcionario para que actuase como veedor en las operaciones de la empresa, tiempo en el cual nunca presentó denuncia de algún hallazgo irregular.

Es así que la empresa contaba con procesos de control estrictos en materia de lavado de dinero y estaba certificada por Kroll Associates UK Limited. Por lo que en 15 años de operaciones nunca fue reportada alguna irregularidad.

A juicio de sus directivos, la intervención "tuvo un propósito preconcebido de forzar la liquidación de la casa de bolsa, tal como se decretó el 16 de septiembre de 2010, si que existiese elemento alguno que justificase una medida de esa naturaleza y magnitud".

Los TICC de la discordia 

Fueron títulos de la deuda de la República emitidos por el Gobierno para servir como instrumento para realizar transacciones de manera de obtener divisas en el mercado alternativo fuera de CADIVI. Como es sabido, dichas operaciones sólo podían realizarse a través de la permuta o el arbitraje de títulos valores (como son los TICC), por mandato de la Ley de Ilícitos Cambiarios que las exceptuaba expresamente de los supuestos considerados ilícitos.

En las acusaciones se señala que los "TICC fueron transados en divisas y fueron emitidos para ser pagaderos en moneda nacional". Explica el equipo de abogados de la defensa de Econoinvest, que eso es falso, porque la moneda de emisión de los TICC es precisamente el dólar, por lo tanto, es ilógico pretender que estuviera prohibida su negociación en la moneda en la que están denominados.

La única prohibición que efectivamente se estableció fue la de negociarlos en bolívares, la cual se instauró el 5 de febrero de 2003 a través del Convenio Cambiario Número 1; sin embargo, este régimen fue levantado el 22 de julio de 2003 con el Convenio Cambiario Número 4 que permitió su negociación, también en bolívares en el mercado secundario cuando el Directorio del BCV así lo autorizara, lo que ocurrió con la resolución del BCV del 9 de noviembre de 2006 que permitió la negociación en mercado secundario y en moneda nacional de los TICC.

Es decir que a partir de ese momento, la dualidad monetaria los convirtió en el título con doble cara: el bolívar y el dólar, ideal para documentar las transacciones destinadas a la obtención de divisas en el mercado alternativo.

Otro punto que devino en acusación era que la venta y la recompra inmediata del mismo TICC en monedas de distinta denominación producía un diferencial llamado "valor implícito de cambio" que generaba una variación desproporcionada en el precio de las divisas adquiridas en el mercado alternativo. Para los abogados esto tampoco es cierto. El supuesto diferencial de precio del TICC no tenía el menor impacto en el precio de la divisa proveniente del mercado alternativo, ya que el valor asignado al TICC era una formalidad puesto que el título era tan solo el vehículo utilizado para que quedara el rastro de la transacción en el Sistema Integral de Custodia Electrónica de Títulos (SICET) del BCV, lo cual constituía prueba fehaciente de que la operación se hizo a través de títulos valores, tal como lo exigía la Ley de Ilícitos Cambiarios.

Irregular habría sido por ejemplo: No utilizar títulos valores (como los TICC), con lo cual el BCV carecería de los medios para monitorear las transacciones de divisas en el mercado alternativo. Y no registrar la operación no emitir el "deal ticket" (el registro electrónico de la emisión) ni obtener la confirmación del cliente, ni realizar las cesiones sucesivas del título desde la cuenta custodia propia de la casa de bolsa hacia la cuenta de terceros en el BCV y viceversa.

En síntesis, el valor de la divisa en el mercado alternativo no guardaba relación con el título, que era un mero instrumento de documentación, sino que se formaba con el precio que las partes negociaban de acuerdo con las condiciones del mercado que pactaban previamente, indican los especialistas.

Otro aspecto señalado es que el cliente que adquiría el TICC y lo revendía inmediatamente sufría una pérdida inmediata en el valor del título que quedaba expresada en la diferencia entre el porcentaje del valor del TICC en el acto de compra y el porcentaje del valor del mismo TICC en el acto de reventa inmediata. Señalan los expertos que es falso puesto que la compra y venta del título no era más que la formalidad exigida por la Ley para el control de la comercialización de divisas en el mercado alternativo, de manera que el cliente siempre recibía las divisas a las que aspiraba a cambio del precio en bolívares que estaba dispuesto a pagar y que había acordado previamente.

De hecho, el Estado venezolano usó este mismo mecanismo en la adjudicación del Petrobono 2011 ofrecida por PDVSA. El instrumento estaba denominado en dólares y podía adquirirse en bolívares, igual que el TICC. Los inversionistas lo compraron al 175% de su valor nominal, a sabiendas de que para ese momento, su valor de cotización en divisas en el mercado secundario, era menor del 65% de su valor nominal. Sin embargo, la venta inmediata del bono representaba para el inversionista, a pesar de la aparente pérdida, el acceso a las divisas a una tasa de cambio de 5, 81 bolívares por dólar, que en el fondo constituía la finalidad real de la transacción. En cuanto al Bono Cambiario Venezolano del BCV, también denominado en dólares, adquirido en bolívares y pagadero en divisas, los compradores pagaron el 116% de su valor nominal. Sin embargo, para el inversionista resultaba irrelevante el diferencial en el precio del bono puesto que su interés radicaba en la obtención de divisas a 5 bolívares por cada dólar en el momento del vencimiento, precio que conocía de antemano y estaba dispuesto a pagar.

El Universal, 04/09/2011, enlace al original  (@folivares10)