Luego de una masiva campaña mediática contra a las casas de bolsa en las que se expuso una larga lista de delitos, para el juicio que se avecina solo queda en pié la legalidad o no de los TICC.
Si algo en común tienen los expedientes de las casas de bolsa que fueron cerradas desde mediados de 2010, es que de la intensa campaña desde los medios oficiales, en los que se expuso a empresas y directivos al escarnio público, sin el debido proceso y el derecho a la defensa, solo queda en pie una acusación y es lo referido a la utilización de los Títulos de Interés y Capital Cubierto, ampliamente conocidos como TICC, utilizados para documentar las operaciones en dólares. Todo lo demás como: "lavado de dinero"; "usurpación de identidad"; "origen sospechoso de fondos" u "operaciones sin registro" quedó en el recuerdo de la campaña propagandística que se produjo al calor de las intervenciones.
En alguna reunión privada el ministro de Finanzas, Jorge Giordani, habría expresado que había que acabar los alacranes de las casas de bolsa porque ello iba "en contra de su ideología". Más adelante, una vez consumada la intervención y cierre de las financieras, señalaría que el mercado de valores venezolano "se caracteriza por ser capitalista y altamente especulativo". Habría que preguntarse ¿Qué es ser capitalista y si en el código penal existe algún artículo que considere delito tal condición?
Lo cierto es que con esa afirmación, Giordani le daría una sentencia firme al fin del mercado bursátil en Venezuela. Pero su pensamiento, quizás aporte una explicación del por qué, un mecanismo que documenta la compra y venta de títulos de la República denominados en dólares, como fueron los TICC, ideado por el BCV, devino en un delito que terminó no sólo con los supuestos transgresores de las leyes, sino con todo el sector financiero dedicado al mercado de valores.
El resultado de ello fue un proceso judicial que mantiene tras las rejas a 10 directivos de casas de bolsa y el cierre la las empresas bursátil más importantes del país, dándole fin a un instrumento que desahogaba el flujo del dólar en un país con un férreo control de cambio.
De esa debacle, cuya autoría se le atribuye al ministro de Finanzas, quedan algunos estragos que pueden contarse, como el cierre de 67 casas de bolsa y 60 de corretaje; una actividad económica que generaba 5 mil empleos y que atendía un millón 600 mil inversionistas y mil 200 cajas de ahorro, que llevó el número de inversionistas a 3 millones 500 mil personas.
En un país marcado por las estatizaciones y con control de cambio, las casas de bolsa tuvieron que reconvertirse y volcarse al mercado cambiario a través del llamado dólar permuta. Tal como señala el economista Asdrúbal Oliveros: "Esto fue incentivado por el propio Gobierno quien colocó entre 2003 y 2010, 45 mil millones de dólares en bonos de la República para ser negociados en el marcado secundario.
Un árbol caído
El comienzo del fin se produjo cuando el 14 de mayo de 2010 el Ministerio Público inició una investigación a partir de una denuncia impuesta por Tomás Sánchez, presidente de la Comisión Nacional de Valores, contra varias casas de bolsa y sociedades mercantiles, que según señalaba, esas empresas estaban haciendo operaciones con divisas sin que mediaran "títulos valores que respaldaran dichas operaciones".
En esa lista no estaba Econoinvest, entonces la casa de bolsa líder en el mercado nacional. Sin embargo y a pesar de que en los últimos años habían cerrado importantes operaciones con PDVSA y en su cartera de clientes figuraban destacadas figuras del alto Gobierno, el 21 de mayo de 2010 sus directivos fueron sorprendidos por los funcionarios del CICPC y otros organismos que ingresaron a sus instalaciones en edificio Mene Grande. De allí salieron esposados cuatro de sus directivos quienes desde entonces están recluidos en los sótanos de la Dirección de Inteligencia Militar.
Para el momento de su intervención y cierre técnico de sus operaciones, Econoinvest contaba con una nómina de cerca de 1.000 empleados, de los cuales 700 eran accionistas, con 370 mil clientes y un patrimonio de 356 millones de bolívares fuertes (unos 83 millones de dólares) mas una posesión en títulos valores de 60 millones de dólares.
Siendo la más grande empresa del ramo y habiendo participado en grandes colocaciones de bonos y deuda no soberana, Econoinvest era vigilada con celo desde la Comisión Nacional de Valores (CNV). Es así que tres meses antes del allanamiento la CNV designó a un funcionario para que actuase como veedor en las operaciones de la empresa, tiempo en el cual nunca presentó denuncia de algún hallazgo irregular.
Es así que la empresa contaba con procesos de control estrictos en materia de lavado de dinero y estaba certificada por Kroll Associates UK Limited. Por lo que en 15 años de operaciones nunca fue reportada alguna irregularidad.
A juicio de sus directivos, la intervención "tuvo un propósito preconcebido de forzar la liquidación de la casa de bolsa, tal como se decretó el 16 de septiembre de 2010, si que existiese elemento alguno que justificase una medida de esa naturaleza y magnitud".
Los TICC de la discordia
Fueron títulos de la deuda de la República emitidos por el Gobierno para servir como instrumento para realizar transacciones de manera de obtener divisas en el mercado alternativo fuera de CADIVI. Como es sabido, dichas operaciones sólo podían realizarse a través de la permuta o el arbitraje de títulos valores (como son los TICC), por mandato de la Ley de Ilícitos Cambiarios que las exceptuaba expresamente de los supuestos considerados ilícitos.
En las acusaciones se señala que los "TICC fueron transados en divisas y fueron emitidos para ser pagaderos en moneda nacional". Explica el equipo de abogados de la defensa de Econoinvest, que eso es falso, porque la moneda de emisión de los TICC es precisamente el dólar, por lo tanto, es ilógico pretender que estuviera prohibida su negociación en la moneda en la que están denominados.
La única prohibición que efectivamente se estableció fue la de negociarlos en bolívares, la cual se instauró el 5 de febrero de 2003 a través del Convenio Cambiario Número 1; sin embargo, este régimen fue levantado el 22 de julio de 2003 con el Convenio Cambiario Número 4 que permitió su negociación, también en bolívares en el mercado secundario cuando el Directorio del BCV así lo autorizara, lo que ocurrió con la resolución del BCV del 9 de noviembre de 2006 que permitió la negociación en mercado secundario y en moneda nacional de los TICC.
Es decir que a partir de ese momento, la dualidad monetaria los convirtió en el título con doble cara: el bolívar y el dólar, ideal para documentar las transacciones destinadas a la obtención de divisas en el mercado alternativo.
Otro punto que devino en acusación era que la venta y la recompra inmediata del mismo TICC en monedas de distinta denominación producía un diferencial llamado "valor implícito de cambio" que generaba una variación desproporcionada en el precio de las divisas adquiridas en el mercado alternativo. Para los abogados esto tampoco es cierto. El supuesto diferencial de precio del TICC no tenía el menor impacto en el precio de la divisa proveniente del mercado alternativo, ya que el valor asignado al TICC era una formalidad puesto que el título era tan solo el vehículo utilizado para que quedara el rastro de la transacción en el Sistema Integral de Custodia Electrónica de Títulos (SICET) del BCV, lo cual constituía prueba fehaciente de que la operación se hizo a través de títulos valores, tal como lo exigía la Ley de Ilícitos Cambiarios.
Irregular habría sido por ejemplo: No utilizar títulos valores (como los TICC), con lo cual el BCV carecería de los medios para monitorear las transacciones de divisas en el mercado alternativo. Y no registrar la operación no emitir el "deal ticket" (el registro electrónico de la emisión) ni obtener la confirmación del cliente, ni realizar las cesiones sucesivas del título desde la cuenta custodia propia de la casa de bolsa hacia la cuenta de terceros en el BCV y viceversa.
En síntesis, el valor de la divisa en el mercado alternativo no guardaba relación con el título, que era un mero instrumento de documentación, sino que se formaba con el precio que las partes negociaban de acuerdo con las condiciones del mercado que pactaban previamente, indican los especialistas.
Otro aspecto señalado es que el cliente que adquiría el TICC y lo revendía inmediatamente sufría una pérdida inmediata en el valor del título que quedaba expresada en la diferencia entre el porcentaje del valor del TICC en el acto de compra y el porcentaje del valor del mismo TICC en el acto de reventa inmediata. Señalan los expertos que es falso puesto que la compra y venta del título no era más que la formalidad exigida por la Ley para el control de la comercialización de divisas en el mercado alternativo, de manera que el cliente siempre recibía las divisas a las que aspiraba a cambio del precio en bolívares que estaba dispuesto a pagar y que había acordado previamente.
De hecho, el Estado venezolano usó este mismo mecanismo en la adjudicación del Petrobono 2011 ofrecida por PDVSA. El instrumento estaba denominado en dólares y podía adquirirse en bolívares, igual que el TICC. Los inversionistas lo compraron al 175% de su valor nominal, a sabiendas de que para ese momento, su valor de cotización en divisas en el mercado secundario, era menor del 65% de su valor nominal. Sin embargo, la venta inmediata del bono representaba para el inversionista, a pesar de la aparente pérdida, el acceso a las divisas a una tasa de cambio de 5, 81 bolívares por dólar, que en el fondo constituía la finalidad real de la transacción. En cuanto al Bono Cambiario Venezolano del BCV, también denominado en dólares, adquirido en bolívares y pagadero en divisas, los compradores pagaron el 116% de su valor nominal. Sin embargo, para el inversionista resultaba irrelevante el diferencial en el precio del bono puesto que su interés radicaba en la obtención de divisas a 5 bolívares por cada dólar en el momento del vencimiento, precio que conocía de antemano y estaba dispuesto a pagar.