sábado, 16 de abril de 2011

Comunicado de los directores de Econoinvest: Detenidos y a juicio sin haber cometido delito

El mercado de valores dio un formidable impulso al pequeño ahorrista. Permitió que los pequeños inversionistas tuvieran acceso a rendimientos muy superiores a los ofrecidos tradicionalmente, al permitir que ellos mismos adquirieran instrumentos como los títulos emitidos por el Estado. De esta forma, la deuda pública se democratizaba. Econoinvest Casa de Bolsa fue motor de este sistema y, nosotros sus directivos, llevamos casi once meses en prisión, acusados de comercialización ilícita de divisas a través de operaciones hechas con títulos valores llamados TICC (Títulos de Interés y Capital Cubierto).

En la madrugada del martes 12 de abril de 2011, el juez de control Robinson Vásquez dictó una cátedra de horror para la historia judicial del país al desestimar todos los alegatos de nuestra defensa y los de otros 10 directivos de 5 casas de bolsa al pasarnos a juicio por delitos inexistentes. Cambió el segundo cargo imputado, de asociación para delinquir a agavillamiento y nos negó el derecho a ser juzgados en libertad.

Si analizamos la situación, todas las operaciones destinadas a adquirir divisas con títulos valores estaban permitidas por la Ley de Ilícitos Cambiarios vigente a la fecha de la intervención, por expresa disposición de su propio artículo 9, el mismo que utilizó el juez para pasarnos a juicio, haciendo caso omiso de esta excepción. Así mismo, la definición de divisa en la ley no incluía a los títulos valores; más bien los autorizaba expresamente como instrumentos para las operaciones cambiarias, lo que hacía legal y lícito su uso y comercialización. Tan es así que todo el sector bancario venezolano hizo uso justificado de tal recurso sin que exista cuestionamiento al respecto.

Además de lo indicado anteriormente, los propios organismos públicos competentes en materia económica y cambiaria manifestaron su conformidad con estas operaciones. Así, de manera fehaciente, el propio Banco Central de Venezuela le comunica a la Asociación Bancaria su opinión favorable a la legitimidad de ese mecanismo, mediante dictamen emitido en 2007. Esta opinión fue el acto que originariamente dio pie a la banca para iniciar el uso del mecanismo de los TICC y, posteriormente, el sector de mercado de capitales siguió sus pasos. Junto a esta opinión del BCV, además, encontramos el documento de la Consultoría Jurídica del Ministerio de Finanzas, solicitado por la Oficina de Crédito Público, donde se confirma la legalidad de las operaciones con Títulos de Interés y Capital Cubierto (TICC). Todas estas evidencias fueron presentadas al Juez Robinson Vázquez, quien las desestimó en forma aberrante.

El otro tema mencionado en el proceso judicial es la supuesta falta de respaldo de las operaciones realizadas. Y Econoinvest probó inequívocamente que todas sus operaciones se realizaron con el respaldo de títulos valores reales y existentes, los cuales traspasaba a sus clientes a través del sistema creado a tal efecto por el BCV: el SICET. Absolutamente todas las transacciones quedaron registradas en este sistema, lo cual se puede verificar en la misma página web del BCV. Econoinvest no efectuó una sola operación sin el título correspondiente.

Durante 5 años, más de dos millones de personas en Venezuela hicieron uso de este mecanismo alternativo creado por el Gobierno Nacional para dinamizar la economía nacional, importar productos, materias primas y maquinarias. Los volúmenes que se llegaron a manejar en la economía venezolana también se ven reflejados en la propia página web del BCV. Empresas, bancos, industriales y el venezolano común aprovecharon este mecanismo para satisfacer sus necesidades, tanto para la inversión-ahorro como para sus necesidades básicas.

Nosotros, directores de Econoinvest Casa de Bolsa, Herman Sifontes, Juan Carlos Carvallo, Miguel Osío Zamora y Ernesto Rangel, nos quedamos a enfrentar la investigación en oposición a lo que nos recomendaban los especialistas. No fuimos capturados en flagrancia ni medió una orden judicial para nuestra detención, todo lo cual nos violó derechos fundamentales consagrados en nuestra Constitución.

Queremos agradecer a nuestras familias, amigos y a la opinión pública el apoyo que nos han prestado en estos once meses de ilegal reclusión. Queremos ratificarle que nuestra moral sigue incólume, que nuestras fuerzas se alimentan con su solidaridad y que seguiremos luchando a brazo partido hasta probar nuestra inocencia, “sin olvidar que no hay camino a la verdad, sino que la verdad es el camino” (Gandhi).

viernes, 15 de abril de 2011

Liquidadores de casas de bolsa retienen millones de Cancillería

Los 4.410 trabajadores del Ministerio de Relaciones Exteriores, asociados a la caja de ahorro de este organismo público, tienen más de un año con dinero retenido en varias de las casas de bolsa que hoy se encuentran en liquidación por la Superintendencia Nacional de Valores.
Según fuentes vinculadas al caso, los recursos congelados son cercanos a los 40 millones de bolívares fuertes más 390.000 dólares. Se trata de inversiones que la sociedad decidió realizar con autorización de los asociados e incluso de la Superintendencia de Cajas de Ahorro.
Son varias las casas de bolsa en las que esta caja de ahorro, al igual que muchas otras del país, tenían portafolio. Con la idea de diversificar los recursos, invertían a través de varias empresas bursátiles, por lo menos unas 12. Sin embargo, el dinero congelado se mantiene retenido por las juntas liquidadoras de las casas de bolsa La Primera, Interacciones, y Econoinvest. Y una mínima cantidad en el banco comercial Banvalor, en proceso de intervención.
La caja de ahorro del Ministerio de Relaciones Exteriores tiene 65 años funcionando, con una estructura organizativa bien gerenciada, en donde el mismo canciller de la República, Nicolás Maduro, es socio, al igual que todos los ministros que han pasado por el cargo.
Según fuentes cercanas al caso, los esfuerzos de esta caja de ahorro para recuperar el dinero retenido no han parado. Desde notificaciones a varias de las autoridades financieras del país, hasta comunicados directos al superintendente nacional de valores, Tomás Sánchez.
De hecho, este funcionario les envió una carta al culminar el primer semestre del año pasado, en la que les indicó que estaba al tanto de la situación y que se realizarían los trámites pertinentes. Sin embargo, hasta ahora, el pago no se ha hecho. Ninguna de las juntas liquidadoras de las tres casas de bolsa en donde esta caja de ahorro tenía inversiones ha cancelado.
Para esa misma época (junio de 2010), desde la junta liquidadora de Econoinvest -en ese momento interventora-, se les prometió que el pago saldría en un mes como máximo. Desde ese momento han pasado nueve meses, y el pago no se ha hecho. Hasta ahí llegó el contacto de esa caja de ahorro con los liquidadores e interventores.
Esta caja de ahorro tenía inversiones que implicaban captaciones en efectivo, como los mutuos en el caso de La Primera. Cuando intervinieron a esta empresa bursátil, en enero de 2010, aún no estaban prohibidos estos instrumentos financieros.
En el caso de las otras dos -Interacciones y Econoinvest- se trataba de reportos. Es decir, otras transacciones en las que se invierte efectivo para obtener mejor rentabilidad, a cambio de unos títulos valores en garantía.
De hecho, en el caso específico de Econoinvest, existía una cuenta restringida en la Caja Venezolana de Valores (CVV) con los bonos que respaldaban esas operaciones; de los cuales cada inversionista, incluso cada caja de ahorro, tiene certificado.
La situación de la caja de ahorro de la cancillería se repite en otros organismos públicos, como el ministerio de Educación, el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat); el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin); y hasta el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y el Banco Central de Venezuela (BCV), cuyas cajas de ahorro tienen inversiones retenidas en distintas casas de bolsa intervenidas o en liquidación.
Es que las cajas de ahorro venezolanas ya tenían una cultura de inversión en el mercado da valores, que comenzó con el incentivo que desde la misma Superintendencia de Cajas de Ahorro se impulsó en la última década.
Incluso, luego de la eliminación de los mutuos, muchas de estas asociaciones recurrieron a los reportos, debido a la alta liquidez que les provocó el desmonte de los mutuos en el primer trimestre del año pasado. Y, además, muchas recurrieron a la figura, luego de que algunos bancos locales no pudieran recibir las altas cantidades de dinero que ingresaron en ese momento a los balances de las cajas de ahorro del país.

El Mundo, 15/04/2011, 18, Carjuan Cruz

miércoles, 13 de abril de 2011

Histórico: A juicio directivos de casas de bolsa con una ley fantasma

Siguen acusados de comercializar divisas aplicando una ley que no estaba vigente al momento de las detenciones


La comercialización de TICC fue y es ilegal, de acuerdo al juez Robinson, con lo cual está prevenida la banca, quien masivamente hizo uso de este mecanismo.

El juez cambió Asociación para delinquir por Agavillamiento.

En un decisión leída entre 3 y 4 de la mañana, el juez de control Robinson Vásquez envió a juicio a los directivos de Econoinvest, Multinvest, Venevalores, Positiva y Banvalor, admitiendo todos los elementos del ministerio público y ninguno de la defensa, aplicando retroactivamente la reforma de la Ley contra Ilícitos Cambiarios, toda vez que el 18 de mayo de 2010, cuando ya los diez directivos estaban detenidos, la Superintendencia Nacional de Valores informa que quedan suspendidas las operaciones en títulos valores, entrando en vigencia la reforma de la Ley contra Ilícitos Cambiarios.

La nueva normativa eliminaba la legalidad expresa que tenían los títulos valores como vía para obtener divisas, mientras que en la anterior el artículo 9 expresamente lo autorizaba.

La Fiscalía presentó en la audiencia preliminar 65 elementos. Ninguno demostraba comercialización indebida de divisas, pero el juez negó todas las solicitudes de nulidad y excepciones de la defensa y mantuvo las medidas preventivas dictadas en contra de los bienes de los detenidos y no concedió la posibilidad de ser juzgados en libertad.

El juez Robinson Vásquez publicará lo que será otra sentencia histórica, reveladora de la manera cómo se imparte justicia en los tiempos que nos signan.

Al insistir el juez en la ilegalidad de la comercialización de Ticc, debe estar prevenida toda la banca venezolana, pública y privada, la cual, en 2007 solicitó al Banco Central una opinión al respecto, obteniendo entonces la debida conformidad. Pero este dictamen pone la carne de gallina a todas las instituciones que compraron o vendieron TICC en su momento, pues las operaciones con Títulos de Interés y Capital Cubierto (Ticc) son ilegales, según el juez Robinson Vásquez en su dictamen final en la audiencia del caso de las casas de bolsa.

La decisión contradice también un oficio del Ministerio de Planificación y Finanzas dado a la Oficina de Crédito Público donde se indica que tales transacciones estaban autorizadas. Incluso, el Banco Central de Venezuela, a petición de la Fiscalía, envío texto oficial ratificando la legalidad.

Código Venezuela, 13/04/2011 (enlace directo)

Acusan de delitos a casas de bolsa con una ley que no existía

Cinco horas de receso se tomó el juez Robinson Vásquez para informar a los diez directivos de casas de bolsa que serían enjuiciados, privados de libertad. El dictamen admitió todas las acusaciones del Ministerio Público contra los ejecutivos.
Continúan acusados de comercializar indebidamente divisas; pero con una calificación jurídica basada en la actual Ley Contra Ilícitos Cambiarios y no en la que estaba vigente al momento de las detenciones.
El 18 de mayo del año pasado, cuando ya los diez directivos estaban detenidos, desde la Superintendencia Nacional de Valores y el Banco Central de Venezuela (BCV) se informó en circular oficial que estaban suspendidas las operaciones en títulos valores. Ese mismo día entraría en vigencia la reforma de la Ley contra Ilícitos Cambiarios.
La nueva normativa eliminó la exclusión que tenían los títulos valores en la prohibición de negociar dólares en el país. Mientras que en la anterior estaba permitido.
"En ese plazo no se hizo ni una operación", asegura Luis Manuel Valdivieso, abogado defensor de los cuatro directivos de Econoinvest (Herman Sifontes, Miguel Osío, Juan Carlos Carvallo, y Ernesto Rangel).
El jurista se refiere al plazo entre las prohibiciones y la aprobación de la nueva ley -el 18 de mayo-; y la detención de los ejecutivos de esta casa de bolsa y la intervención de la empresa -el 24 de ese mismo mes-.
El Ministerio Público presentó en la audiencia preliminar 65 elementos de convicción; sin embargo, en ninguno se demostraba algún tipo de comercialización indebida de divisas, aseguró Simón Lamus, abogado defensor del acusado José Ignacio Rivero, quién laboraba como gerente general de la casa de bolsa Banvalor.
Sin embargo, al igual que a los otros nueve directivos, el juez Vásquez le negó a Rivero todas las solicitudes de nulidad y excepciones.
Vásquez sólo adjuntó un nuevo delito, el de agavillamiento, que en realidad sustituyó el de asociación para delinquir, ambos son aplicados cuando se unen más de dos personas para cometer un delito; pero el último, aplicado para la delincuencia organizada, tiene una pena mayor.
También mantuvo las medidas preventivas dictadas en contra de los bienes de los detenidos.
En la audiencia preliminar, que duró tres meses, se procesaron a los directivos de Econoinvest y Banvalor, en conjunto con los de Multinvest, Venevalores y Positiva.

Lo que viene 
La sentencia de Robinson ahora debe ser fundamentada. El juez aseguró que en cuatro días hábiles emitiría el informe con los elementos en los que basó su dictamen final. Por lo que es probable que el trámite se finiquite después del absuelto de semana santa. Al publicar integra esa sentencia final, se debería constituir los pasos para comenzar el juicio. Los argumentos de la defensa serán los mismos, pero en esta ocasión serán escuchados por todo el que desee entrar a esta audiencia.

El juez insistió en la ilegalidad en la comercialización de Ticc

Las operaciones con Títulos de Interés y Capital Cubierto (Ticc) son ilegales, según determinó el juez Robinson Vásquez en su dictamen final en la audiencia del caso de las casas de bolsa.
El principal delito imputado a los diez directivos es la comercialización indebida de divisas. Y la acusación se enfocó en la legalidad de las transacciones con ese tipo de bonos.
Desde el ministerio de Planificación y Finanzas se envió documentación a la Fiscalía indicando que tales transacciones estaban autorizadas. Incluso, el Banco Central de Venezuela, a petición de la Fiscalía, envío texto oficial ratificando la legalidad. Ese documento no está en el expediente, aunque los fiscales del Ministerio Público confirmaron la existencia del papel, según señalaron fuentes vinculadas.
Pese a estos arugmentos Vásquez indicó en su dictamen final que había suficientes elementos para considerar que las operaciones con ticc eran ilícitas.

El Mundo, 13/04/2011, 8-9, Carjuan Cruz

Directivos de casas de bolsa se declararon inocentes

El caso de los directivos de cinco casas de bolsa tuvo un nuevo episodio luego de que el juez 13° de Primera Instancia en Funciones de Control de la Región Capital, Robinson Vásquez, realizó una audiencia en horario nocturno, que se prolongó hasta ayer a las 4:00 am, en la que imputó los cargos contra los representantes detenidos de Econoinvest, Multinvest, Venevalores, Banvalor y Positiva.

La decisión por unanimidad de los directivos, apresados desde el año pasado, fue rechazar los cargos que impuso el juez Vásquez: se declararon inocentes y ahora deberán esperar posiblemente cuatro días para conocer el escrito definitivo del juez.

Vásquez indicó que los ejecutivos incurrieron en ilícitos cambiarios y sustituyó el delito de asociación para delinquir, establecido en la Ley Contra la Delincuencia Organizada, por el de agavillamiento, que consagra el Código Penal.

En términos semánticos ambos delitos son semejantes ya que implica la combinación de dos o más personas para llevar a cabo una actividad ilegal, pero en términos de sanciones el primero ocasiona una pena de 4 a 6 años de prisión y la segunda de 3 a 5 años, precisó el abogado Luis Valdivieso.

A criterio de Valdivieso, la Fiscalía General de la República no presentó pruebas porque, en su criterio, no hubo ilícitos en las transacciones con los Títulos de Interés y Capital Cubierto ­los llamados TICC-, toda vez que existe una resolución del Banco Central de Venezuela que autorizaba la operación en divisas con esos papeles.

Ahora se pasa a la etapa de designación de escabinos, figura mencionada en la legislación procesal penal venezolana para que intervengan en un juicio oral.

Pena minimizada. En Miami, luego de que el interventor Rafael Ramos de la Rosa se declaró culpable del intento de extorsión al ex presidente de la Casa de Bolsa Unovalores, Tomás Vásquez, la pena pudiera ser de hasta un máximo de 8 años de prisión, dijo ­desde Estados Unidos- una fuente vinculada al proceso.

Vásquez acusó a Ramos y señaló responsabilidades al superintendente nacional de valores, Tomás Sánchez.

El Nacional, 13/04/2011, E4, Andrés Rojas

lunes, 11 de abril de 2011

Hablemos con propiedad de los títulos valores, con Econoinvest (1 de 5)

Introducción

El prototipo tradicional de intermediario en el mercado de capitales, concebido como un simple corredor de títulos valores, tenía una base de ingresos concentrada en comisiones. La actividad del intermediario estaba altamente restringida, poco diversificada y era económicamente inviable, sobre todo en un entorno en el cual prácticamente desapareció la oferta de instrumentos de renta variable en la bolsa de valores de Caracas.

A partir del año 1999, Econoinvest Casa de Bolsa introdujo, basado en las nuevas normas contenidas en la reforma integral de la Ley de Mercado de Valores vigente a partir de ese año, un innovador modelo de negocios, responsable en gran medida de la democratización del capital y expansión sin precedentes que experimentó el mercado de valores venezolano hasta 2010 (1).

Se dio así acceso a una novedosa gama de productos de inversión, con rendimientos competitivos y de bajísimo riesgo, toda vez que en su gran mayoría estaban respaldados con valores soberanos. Econoinvest fue la primera casa de bolsa en ofrecer al público productos de inversión tales como la gestión de cartera administrada, garantizando la debida separación patrimonial entre los valores del cliente y los de la casa de bolsa, inversiones con rendimiento garantizado estructuradas con valores de oferta pública, tales como el “InvestPlus”, las ventas a plazo y los reportos, así como productos de financiamiento con bajas tasas de interés, como el préstamo de margen y los reportos activos, todo ello con base a la legislación vigente y con autorización de su órgano de control oficial.

Los nuevos productos ofrecidos inicialmente por Econoinvest, y posteriormente por la mayoría de los intermediarios, fueron regulados por la Comisión Nacional de Valores mediante las Normas Sobre Actividades de Intermediación Corretaje y Bolsa promulgadas en el año 2000 (2).  La regulación acogió los principios de regulación de la Organización Internacional de Comisiones de Valores, de la cual Venezuela es miembro (3).  Se adoptó así un sistema para la determinación de requerimientos patrimoniales y de índices de solvencia (Regla de Capital Neto), el cual requería de los intermediarios el mantenimiento de niveles mínimos de activos altamente líquidos que permitan el pago oportuno de los compromisos con clientes y contrapartes.

Entre los productos ofrecidos por Econoinvest Casa de Bolsa en la “Cuenta de Corretaje Bursátil” estaba el reporto, el cual tenía dos modalidades: como producto de inversión (reporto pasivo para la casa de bolsa) o de financiamiento (reporto activo). El reporto se ofrecía desde el año 2000, aunque la cartera de ese producto se redujo significativamente durante la vigencia del impuesto a las transacciones financieras durante los años 2007 y 2008. (4)

A partir de la Resolución de la Comisión Nacional de Valores del 29 de enero de 2010 que reformó las Normas Sobre Actividades de Intermediación Corretaje y Bolsa, muchos clientes que habían invertido en el producto InvestPlus que ofrecía Econoinvest, el cual estaba estructurado con mutuos de títulos valores, optaron por invertir recursos en operaciones de reporto, las cuales ofrecían un atractivo rendimiento, además de estar respaldadas con títulos valores soberanos que el cliente recibía en propiedad durante la vigencia del contrato.

El principal objetivo de Econoinvest con la utilización del reporto era crear un mecanismo típicamente bursátil para ofrecer a la clientela una alternativa de inversión estructurada con títulos valores y con un riesgo de crédito mínimo para el cliente, pues en virtud del reporto el inversionista está efectivamente garantizado por la calidad crediticia del portafolio de títulos valores reportado (reporto pasivo). Adicionalmente, el reporto se ofrecía como alternativa de financiamiento estructurado con títulos valores (reporto activo).

De acuerdo a lo establecido en el contrato suscrito entre Econoinvest y sus clientes, así como de acuerdo a lo que establece la normativa que regula el contrato de reporto, específicamente, la Ley de Mercado de Capitales de 1998, las Normas Sobre Actividades de Intermediación Corretaje y Bolsa de la Comisión Nacional de Valores, el Manual de Contabilidad y Plan de Cuentas de la Comisión Nacional de Valores, el Código de Comercio y el Código Civil, los títulos valores que respaldan las operaciones de reporto pasivo son propiedad de los inversionistas y por lo tanto deben ser restituidos a sus legítimos propietarios.

Es el caso sin embargo que hasta la fecha los interventores, ahora liquidadores, no han permitido a los clientes tomar posesión de los títulos valores que les pertenecen legítimamente, ni han pagado los pasivos derivados de los contratos de reporto, a pesar de que la mayoría de ya vencieron. (5)

Incluso, los liquidadores de Econoinvest Casa de Bolsa procedieron a la venta de Títulos de Interés y Capital Cubierto (TICC) que pertenecían a clientes reportadores y que estaban registrados a nombre de los clientes en la Caja Venezolana de Valores. Esta venta se pactó el 13 de diciembre de 2010, cuando los títulos tenían un valor de 145,8 millones de Bolívares. Dos semanas más tarde, al pasar la tasa para la valoración de los Ticc de 2,60 a 4,30 por Dólar, el valor de los mismos pasó a ser de 241,1 millones de Bolívares.

Conclusiones

Los liquidadores de Econoinvest Casa de Bolsa deben pagar las deudas mantenidas con los clientes reportadores, en virtud de que:

  1. Los clientes son acreedores de Econoinvest Casa de Bolsa.
  2. Econoinvest Casa de Bolsa cuenta con recursos líquidos suficientes para pagar los pasivos que mantiene bajo los contratos de reporto.


Hasta tanto no se paguen los pasivos bajo los reportos, los liquidadores deben permitir a los clientes reportadores la posesión y libre disposición de los títulos valores que respaldan tales operaciones, en virtud de que:

  1. Los clientes, en su carácter de reportadores, son los legítimos propietarios de los títulos que respaldan los contratos de reporto pasivo celebrados con Econoinvest Casa de Bolsa antes de la intervención.
  2. Econoinvest Casa de Bolsa cumplió con la tradición de éstos títulos a los clientes reportadores mediante el traspaso a una cuenta de depósito en la Caja Venezolana de Valores especialmente designada para tal fin.
  3. Los clientes otorgaron mandato expreso a Econoinvest Casa de Bolsa para establecer y movilizar a nombre de aquellos una cuenta de depósito de valores en la Caja Venezolana de Valores.
  4. La Caja Venezolana de Valores estaba debidamente informada de la identidad de los propietarios de los valores y de los términos de los contratos de reporto.
  5. La apertura y manejo de la cuenta de depósito para reportos se hizo de conformidad con las disposiciones de las Normas Sobre Actividades de Intermediación de Corretaje y Bolsa.
  6. La no restitución de los títulos valores a los clientes no les ha permitido a éstos hacer valer sus derechos como reportadores, específicamente, no les ha permitido disponer de los títulos para cancelar, vía compensación, la acreencia que mantienen frente a Econoinvest Casa de Bolsa.


Adicionalmente, los liquidadores deben responder a los accionistas de Econoinvest Casa de Bolsa en virtud de que:

  1. Al vencimiento de los contratos de reporto pasivo, los títulos valores transferidos a los clientes debían ser devueltos a Econoinvest.
  2. El mayor valor que tenían los títulos valores que respaldan los reportos en relación a los pasivos monetarios con los clientes reportadores, es en beneficio de Econoinvest Casa de Bolsa y, en última instancia, de sus accionistas.
  3. Al disponer de los títulos de los clientes que respaldaban las operaciones de reporto pasivo, habrían incurrido en delito de apropiación indebida.
  4. El incremento en el valor de mercado de los TICC indebidamente vendidos por los liquidadores corresponde a Econoinvest Casa de Bolsa y a sus accionistas.


NOTAS:
1.- En la última década los inversionistas de este sector pasaron de ser unos cuantos miles para finales de los años 90, hasta sumar, aproximadamente, un millón seiscientos mil inversionistas individuales hacia principios del año 2010, además de unas 1200 cajas de ahorro con más de 3 millones de afiliados, las cuales habían estado alejadas del mercado de valores desde mediados de los 90.
2.- Gaceta Oficial Nº 36.951 de fecha 16 de mayo de 2000. La última reforma de éstas normas, todavía vigentes, por Resolución Nro 13 del 21 de enero de 2010.
3.- INTERNATIONAL ORGANIZATION OF SECURITIES COMMISSIONS (IOSCO), Objectives and Principles of Securities Regulation, Septiembre 1998.
4.- Este impuesto fue creado por el Decreto de Impuesto a las Transacciones Financieras de las Personas Jurídicas y Entidades Económicas sin Personalidad Jurídica publicado en Gaceta Oficial No. 39787 del 26.10.07, y fue derogado por decreto publicado en Gaceta Oficial No. 38.951 del 12.06.08. El ITF gravaba, entre otros, los débitos o retiros en cuentas mantenidas en bancos y otras instituciones financieras y las transferencias de valores en custodia entre distintos titulares. No estaban sujetos al impuesto la transferencia de la custodia en títulos valores emitidos o avalados por la República o el Banco Central de Venezuela, así como los débitos o retiros relacionados con la liquidación del capital o intereses de los mismos y los títulos negociados en la bolsa agrícola y la bolsa de valores” (art. 9). Toda vez que las operaciones de reporto no pueden ser calificadas como compraventas de valores, los débitos con motivo de estas operaciones estaban gravadas por el ITF.
5.- El 09 de Junio de 2010, poco después del comienzo de la intervención, se presentó a los interventores una propuesta de restructuración con el objeto darle continuidad a la empresa, esta propuesta permitía que los clientes pudieran optar por quedarse con los bonos que tuvieran como garantía o esperar que se liberara la restricción establecida por la Superintendencia de Valores, que prohibía la comercialización de estos bonos en dólares por parte de las Casas de Bolsa. Sin embargo, los funcionarios de la CNV e Interventores, prohibieron la entrega de esos bonos a los clientes.