Se ha especulado sobre los cargos que mantienen detenido, injustamente, a directores de Econoinvest Casa de Bolsa: Inflación? Subida del Dólar? Usurpación de Identidad? Operaciones Cambiarias ilegales? Esa fue la intención de los interventores destituidos que pretendieron culpar de todo ello a directores y vicepresidentes de la empresa. Fueron acusaciones sin bases, difamaciones flagrantes.
Revisando la acusación realizada contra directores de Econoinvest y la decisión del Juez Robinson Vázquez, en la cual acuerda la apertura del juicio oral y público (pueden verla en aquí http://bit.ly/ixBulR), se aprecia que fueron acusados por comercialización Ilícita de Divisas y agavillamiento, (aquí análisis de este delito http://bit.ly/uOlw73). No existe a la fecha de esta publicación ninguna otra acusación.
Todo se inicia con denuncia de Tomas Sánchez, presidente de la actual Superintendencia Nacional de Valores (SNV), en la cual indicaba que unas casas de bolsas, señaladas expresamente en su denuncia, hacían operaciones cambiarias sin la intermediación de títulos valores (aquí denuncia http://bit.ly/jHn4qv). Econoinvest no forma parte de esa denuncia, pero es mas, la base de la misma era por operaciones cambiarias sin uso de títulos valores. La Ley Contra Ilícitos Cambiarios (LCIC), artículo 9, preveía el delito de comercialización ilícita de divisas, pero exceptúa las operaciones con títulos valores. El artículo 35 del Convenio Cambiario No. 1 y los artículos 2 y 3 del Convenio Cambiario No. 4, regulaban la venta de dólares por medio de títulos valores, tanto en el mercado primario como secundario, siendo que este ultimo requería autorización del Banco Central de Venezuela (BCV), quien procedió a autorizar el uso de los Títulos de Interés y Capital Cubierto (TICC), bonos de PDVSA y Bonos Cambiarios. (Aquí resoluciones http://tl.gd/9uvrcl).
Todo lo anterior fue demostrado ante el Juez Vázquez, hoy el mismo juez del caso Dra. Afiuni. Así, en la decisión de Econoinvest reconoce: 1.- Que uso títulos valores (TICC); 2.- Que los mismos se transferían por el sistema del BCV, diseñado para ello; 3.- Que la Ley prevé la excepción de los títulos valores para realizar operaciones cambiarias; 4.- Que Econoinvest realizo todas sus operaciones con los soportes documentales y económicos respectivos.
A pesar de estos, el Juez plantea que eran ilegales: (…) “un engaño, la realización de operaciones con títulos valores permitidos por la ley, pero que su esencia o finalidad era de vender, comprar, enajenar, transferir y recibir divisas, daba apariencia de licita aquellas operaciones permitidas pero con fines ilícitos, en franca violación al artículo 9 de la Ley Contra Ilícitos Cambiarios (…)”. Nos preguntamos: y la excepción prevista en ese artículo porque no aplica o como se interpreta según el? Cuando aplicaría para el Juez la excepción de los títulos valores? De ser cierto su razonamiento, las permutas de títulos valores también engañaban a la ley? Les tocara a los que hicieron permuta estar presos también?
Nos extraña una reciente Resolución del SNV, Nº 183, publicada en la Gaceta Oficial Nº 388.743 del 17/19/2011, (aquí el link, pags 17 y ss. http://t.co/K2LAPw1i) donde solo sanciona con una multa a una casa de bolsa que hizo operaciones cambiarias sin títulos valores, en la misma fecha que fueron las operaciones con títulos valores que usaron para detener y mantener detenidos las personas de Econoinvest, cuando la denuncia de la SNV era por no usar títulos valores. No suspendieron la casa de bolsa, no la intervinieron, sigue operativa. Solo una multa?
Sin duda, este proceso nació torcido, y en la medida que avanzaba, el absurdo fue creciendo. Ahora el Tribunal Supremo de Justicia, ante tanta irregularidades y vicios, decidió avocarse en este caso para buscar solventarlas. Estamos esperanzados que con la apertura del año judicial, se de paso a la justicia que merece ser aplicada en el caso Econoinvest y que esta institución judicial no continúe ni permita que continúe estos atropellos jurídicos cometidos hasta ahora.
Ricardo Padrón / @RODZ2058
Lapatilla.com, 13/01/2012, enlace al original