En ese sentido, luego de analizar desde el punto de vista “estrictamente jurídco” los decretos, leyes, convenios cambiarios, entre otros instrumentos, la Consultoría Jurídica del Ministerio de Finanzas concluye que:
"Analizada como ha sido la competencia de forma exclusiva del Banco Central de Venezuela y del Ejecutivo Nacional, de la política cambiaria y la regulación de las operaciones en el mercado de divisas, como de las operaciones en bolívares con títulos en moneda extranjera, y adminiculando la normativa antes expuesta, observamos que las operaciones en divisas y en bolívares en el mercado secundario no tendrán carácter de ilegales o ilícitas, por cuanto no se encontraban ni se ubican en la ectualidad, como un supuesto hecho que contenga una consecuencia jurídica en la Ley de Ilícitos Cambiarios, y a su vez el Instituto Emisor reguló a través de las Resoluciones ya citadas, el aspecto relativo a la negociación en mercado secundario y en moneda nacional los ya mencionados títulos"
Recordamos que el gobierno nacional, por medio de la Comisión Nacional de Valores, utilizó entre otros argumentos, la “ilegalidad” de las operaciones realizadas con TICC en el mercado secundario a través de las casas de bolsa, motivo por lo cual decidió el allanamiento de muchas de ellas, la acusación y el encarcelamiento a sus directivos.
NOTA: Para ver la totalidad del Memorándum contentivo de la opinión de la Consultoría Jurídica del Ministerio de Finanzas. haga click aquí
Lapatilla.com, 02/09/2010